Capítulo 6, 7 y 8 de Constitución de la República de Panamá
Capítulo 6: SALUD, SEGURIDAD SOCIAL Y ASISTENCIA SOCIAL
Se nos dice en el artículo 109 de la constitución el estado tiene la función esencial de velar por la población (el panameño), el mismo tiene derecho a obtener una buena asistencia médica y social para su bienestar. El individuo (Niño/a, mujer y hombre) tiene derecho a tener una buena alimentación, también debemos adquirir una buena enseñanza, valores, para así poder tener un buen desempeño social. La madre que se encuentre en gestación debe recibir toda ayuda de parte del estado, es decir, proteger al feto (durante su periodo de vida) y a la madre, se les deberá brindar prácticas de medicina preventivas. Finalizando con la vigilancia de áreas para mantener un buen estado (trabajo, hogar, etc.) ambiental (también se incluyen áreas de escasos recursos), cumpliendo con los datos necesarios para crear instalaciones para desvalidos, las autoridades deberán dar la accesibilidad a medicamentos, para eso necesitan la cooperación de la población para tener una promoción más especializada.
Capítulo 7: RÉGIMEN ECOLÓGICO
El estado se encarga de velar por el cuidado del medio ambiente. El estado tiene el deber fundamental de garantizar que la sociedad viva y mantenga un ambiente sano, estos deben estar libres de contaminación y deben estar orientados al desarrollo del ser hombre. El estado buscara la manera de aplicar todos los recursos que nos brinde la naturaleza para un buen uso de la misma, para entonces al final poder preservarla.
Capítulo 8: RÉGIMEN AGRARIO
El estado se encargará de velar por un buen mantenimiento y uso de nuestro sector agropecuario, para así poder tener un beneficio de estas. También se velará por los individuos de dicho sector para su desarrollo social, político y económico.
Código Sanitario
Libro tercero, titulo segundo, capítulo 1ero al 6to
El departamento nacional de salud pública tiene el control con respecto a las enfermedades. Las acciones con posible denuncia obligatoria serán por negligencia, complicidad, etc.
Las personas que sean portadores (Niño/a, hombre y mujer) deberán permanecer en cuarentena, estarán siendo vigilados y en base a esto se determinará el accionar. Si resulta que la enfermedad se esparce y se vuelve pandémica, se podrá determinar el área del habitante como zona inaccesible, para así poder proceder con las medidas necesarias para su evacuación. Queda estrictamente prohibido hacer cultivos de microorganismos o parásitos de otros lugares, en caso de que se sorprenda a un laboratorista con esto, el mismo quedará bajo las autoridades
La tuberculosis, malaria, venéreas (VIH/SIDA, gonorrea, sífilis, etc.) Serán atendidas únicamente por el personal de salud, si al individuo se le detecta alguna se le deberá practicar medicina preventiva (Profilaxis) y el tratamiento necesario. Una vez teniendo el control de las enfermedades, se deberá mantener un control para que las mismas no vuelvan a resurgir. El estado se encargará de crear instituciones para que el progreso positivo
Enfermería en salud publica
El estado se encargará intensivamente de preparar a los estudiantes/practicantes del area de salud (enfermeros y/o trabajadores sociales), los mismos estarán asignados a un médico en particular. Los encargados deberán tener un control dentro de su area de trabajo.
Libro 4 artículos de alimentos
Los locales que se dediquen a vender alimentos a la población deberán tenerlos en un ambiente pulcro. No se permite la distribución de alimentos manipulados. Se debe dar a las escuelas, centros de salud, trabajos y hogares buenos alimentos. No se permite la importación de alimentos que vengan fuera del país, si las autoridades llegan a encontrar alguna anomalía, tienen el deber de sacar dicho producto del mercado.
Ingeniería de salud pública y saneamiento urbano y rural
El trabajo, hogar o aldea, deberá tener un control de saneamiento, se deberá tener un control con respecto a los alcantarillados, balnearios, desagües, etc. Si se hace una modificación del area se deberá tener un permiso para proceder con la obra. La institución encargada de la obra debe tener los implementos necesarios para no tener accidentes laborales
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